¿Por qué los jueces temen conceder acciones ordinarias de protección?

Hoy quiero hablar sobre un tema fundamental que muchas veces pasa desapercibido: el rol de los jueces en las acciones ordinarias de protección y, específicamente, ¿por qué les da miedo concederlas?

Diego Paredes González

1/24/20252 min read

Hoy quiero hablar sobre un tema fundamental que muchas veces pasa desapercibido: el rol de los jueces en las acciones ordinarias de protección y, específicamente, ¿por qué les da miedo concederlas?

Más allá de la falta de conocimiento que ya hemos identificado en muchos jueces, hay un aspecto central que no se discute lo suficiente: ¿quién tiene la responsabilidad de probar en estos casos?

Esto es clave, porque la carga de la prueba no recae en la persona que interpone la acción de protección, sino en el Estado. Es decir, es la autoridad demandada quien debe demostrar ante el juez que no violó ningún derecho constitucional.

Y no basta con simples declaraciones o palabras vacías. El Estado debe presentar documentos, pruebas testimoniales, pericias y toda la evidencia necesaria para sustentar que sus acciones no vulneraron derechos fundamentales.

Cuando un juez concede una acción de protección, está haciendo un aporte significativo para mejorar la administración pública. ¿Por qué? Porque obliga al Estado a justificar sus decisiones de forma transparente y fundamentada. Sin embargo, este proceso no ocurre como debería.

¿Cuál es el problema?

Muchos jueces desconocen que la carga de la prueba recae en el Estado. Y por este desconocimiento, o incluso por falta de voluntad de analizar el caso a profundidad, terminan negando acciones de protección sin exigirle al Estado que cumpla con su obligación de probar.

La base de la acción de protección es esta: el Estado, la institución pública o el prestador del servicio debe llegar al juzgado y demostrar, con pruebas claras, que no violó derechos. Esto casi nunca ocurre, y cuando no ocurre, el juez debería conceder la acción.

Pero en la práctica vemos que, por desconocimiento del Derecho Constitucional y de las garantías fundamentales, los jueces simplemente niegan estas acciones sin siquiera revisar la prueba. Esto genera un problema gravísimo: derechos fundamentales no protegidos porque los jueces no entienden uno de los principios básicos de este tipo de procesos.

Quiero que quede claro: la persona que interpone la acción de protección no tiene que probar nada. Es el Estado quien tiene la responsabilidad de demostrar que actuó correctamente.

Cuando los jueces no exigen estas pruebas al Estado, estamos frente a una grave falla del sistema judicial que pone en riesgo la protección de nuestros derechos.

Este es un tema que requiere más atención, más capacitación para los jueces y un cambio real en la forma en que se gestionan las acciones de protección. Debemos garantizar que esta herramienta sirva para lo que fue creada: proteger los derechos de las personas.